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Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo

31 mar 2022
3 min de lectura




En Sesión Pública de Pleno transmitida en vivo por las redes del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, se resolvieron diversos medios de impugnación.

En el juicio TEEH-JDC-027/2022, Patricia Martínez Carpio, denunció la supuesta omisión de realizar la convocatoria para la elección de delegado o delegada de su localidad indígena. El Pleno del TEEH, declaró infundado el agravio de la actora ya que, conforme a sus usos y costumbres, se realizó un proceso de ratificación de quien anteriormente fungía como Delegado a través de una Asamblea, la cual funge como órgano máximo de su comunidad; aunado a que, la actora, consintió dicha ratificación al no haberla impugnado en tiempo y forma.

Dentro del expediente, TEEH-JDC-052/2022, promovido por Martín Camargo Hernández, en contra de una resolución de fondo, dictada por una autoridad intrapartidaria. El Pleno del TEEH sobreseyó el medio de impugnación pues el actor agotó su derecho de acción.

Respecto al procedimiento TEEH-PES-001/2022, el Partido Acción Nacional, denunció a tres funcionarios públicos del ámbito federal, local y municipal, por actos anticipados de precampaña y campaña además del uso de recursos públicos. Las primeras dos denuncias se declararon inexistentes al no acreditarse el elemento subjetivo que sería un llamamiento al voto. Por lo que hace a la tercera denunciada atribuida a Susana Araceli Ángeles Quezada, se acreditó el uso indebido de recursos públicos porque, la denunciada emitió una convocatoria en donde anunció su registro como aspirante a precandidata a la gubernatura en el estado de Hidalgo, descuidando así sus funciones como servidora pública en su carácter de presidenta municipal. Por lo anterior se le impuso como sanción una amonestación pública.

En relación al procedimiento TEEH-PES-028/2022, el partido político Morena, denunció a Alma Carolina Viggiano Austria, al Partido Revolucionario Institucional y al Partido Acción Nacional, por actos anticipados de campaña. Los Magistrados determinaron declarar la inexistencia de los actos denunciados, pues no se acreditó el elemento subjetivo.

Derivado del TEEH-PES-031/2022, el Pleno del TEEG declaró la inexistencia de la conducta denunciada por el político Morena, en contra de la entonces precandidata a la gubernatura del estado, Alma Carolina Viggiano Austria, y a diversos partidos por las supuestas violaciones consistentes en la vulneración al principio electoral de equidad en la contienda y actos anticipados de precampaña o campaña.

Por otra parte, TEEH-PES-032/2022, el político Morena denunció a Francisco Berganza Escorza y el Partido Movimiento Ciudadano por supuestos actos anticipados de campaña. De un estudio detallado, se determinó que el elemento subjetivo no se acreditó, pues en el contenido de las publicaciones denunciadas, no existieron frases, llamados o invitaciones a votar. Por lo anterior, el Pleno del TEEH declaró la inexistencia de la infracción atribuida.

Por último, TEEH-PES-033/2022 el partido político Morena, denunció el uso de imágenes y frases por parte de Alma Carolina Viggiano Austria, en diversos espectaculares del PRD. En un análisis integral de los diversos elementos visuales identificados en los espectaculares, se resolvió que aquello no constituía una forma manifiesta, abierta y sin ambigüedad, de un llamamiento al voto en favor de la precandidata denunciada, por lo que esta atribución se declaró como inexistente. Por otra parte, se declaró la existencia de la infracción denunciada por no cumplir con las reglas vigentes de colocación de propaganda en materia de protección del medio ambiente y se impuso como sanción amonestación pública al Partido de la Revolución Democrática.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron la Magistrada Presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga; Magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez; Magistrado Leodegario Hernández Cortez y el secretario general Naim Villagómez Manzur

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