TEEH revoca nombramiento de delegados en 5 colonias de Pachuca
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ha emitido una importante resolución ordenando al ayuntamiento de Pachuca reponer el proceso de elección de delegados en cinco colonias.
En sesión, la magistrada por ministerio de Ley Lilibet García Martínez expuso que,
como resultado de los juicios ciudadanos TEEH-JDC-043/2024 y sus
acumulados, se determinó que los delegados electos en las colonias Doctores,
Tezontle, La Loma, Piracantos y Barrio el Lucero no residían en dichas colonias,
contraviniendo así la convocatoria que establecía este requisito. Por lo tanto, se
consideraron válidos los agravios presentados por los demandantes, quienes
destacaron esta irregularidad.
Los magistrados coincidieron en revocar los nombramientos y ordenaron al ayuntamiento reponer la elección de delegados en las mencionadas colonias en un plazo máximo de 10 días a partir de la notificación, emitiendo una nueva convocatoria para este fin.
En cuanto a las presuntas violaciones de violencia política en razón de género, se
consideró que, si bien la demanda era fundada, era inoperante debido a que la
convocatoria no establecía criterios de paridad horizontal o vertical. Sin embargo,
se dio vista a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo para
verificar posibles discriminaciones de género y notificar al ayuntamiento
capitalino.
Además, se destacan los siguientes juicios ciudadanos resueltos por el TEEH:
1. TEEH-JDC-035/2024 y su acumulado el 54: En este caso, se han declarado infundados los agravios presentados por las partes involucradas.
Sin embargo, se ha determinado la nulidad de la elección de autoridades
auxiliares del Barrio de San Antonio. Esto significa que, aunque no se encontraron fundamentos sólidos para los reclamos presentados, se identificaron irregularidades o incumplimientos en el proceso electoral que justificaron la anulación de los resultados en dicha elección.
2. TEEH-JDC-038/2024: Se ha emitido una orden al presidente municipal de
El Cardonal, Hidalgo, para que atienda a los efectos precisados en la resolución. Esta decisión implica que el presidente municipal debe tomar medidas específicas o cumplir con ciertas disposiciones establecidas en la resolución del TEEH relacionadas con el caso en cuestión.
3. TEEH-JDC-096/2024: Se ha determinado declarar fundada la omisión reclamada por el demandante en este caso. Además, se ha ordenado a las
comisiones del Partido Morena proceder en los términos precisados en la
sentencia. Esta decisión implica que se reconoce que ha habido una omisión
por parte de las comisiones del partido y se establecen acciones específicas
que deben tomar en respuesta a la resolución del TEEH.
4. TEEH-JDC-0114/2024: Este caso se refiere a la solicitud de incorporación
de un ayuntamiento. El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ha determinado desechar de plano este caso al actualizarse la causal prevista
en la fracción primera del artículo 353 del código electoral del estado. Esto
significa que se ha encontrado que la solicitud de incorporación no cumple
con los requisitos establecidos por la ley electoral, lo que lleva al TEEH a
descartar el caso sin necesidad de un análisis más detallado.
5. TEEH-JDC-019/2024: Este caso trata sobre la impugnación de un acuerdo
emitido por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), en el cual se
aprobó las sustituciones presentadas por los representantes de los partidos
políticos MORENA y NUEVA ALIANZA. En el TEEH-JDC-019/2024, el tribunal electoral determinó desechar de plano el caso al actualizarse la
hipótesis prevista en el artículo 353 fracción segunda del código electoral
del estado. Esto significa que se ha encontrado que la impugnación no
cumple con los requisitos establecidos por la ley electoral, lo que lleva al
TEEH a descartar el caso sin necesidad de un análisis más detallado.
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