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Sesión pública ordinaria, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral

hace 12 horas
2 min de lectura


DESECHA TEPJF DEMANDA CONTRA LA

DESIGNACIÓN DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL TEEH AL QUEDAR SIN

MATERIA


La renuncia del funcionario designado produjo un cambio de

situación jurídica que extinguió el juicio promovido por el Presidente del

Tribunal local.


En sesión pública ordinaria, el Pleno de la Sala Superior del

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó por

unanimidad sobreseer la demanda del Juicio General SUP-JG-058/2026, promovido

por Leodegario Hernández Cortez, Presidente del Tribunal Electoral del Estado

de Hidalgo (TEEH).


El proyecto de resolución, presentado por el Magistrado Felipe de la

Mata Pizaña, determinó que el juicio quedó sin materia debido a un cambio

sobrevenido en la situación jurídica del acto reclamado.


Renuncia del funcionario extingue la controversia

Durante la sustanciación del expediente, el Congreso del Estado de

Hidalgo remitió el oficio CELSH/XLVI/DGCA/280/2026, mediante el cual informó

que, con fecha 3 de septiembre de 2026, Jonnathan Pérez Ledezma presentó su

renuncia formal al cargo de Titular del Órgano Interno de Control (OIC) del

TEEH.


Al ser la designación de dicho servidor público el acto central

controvertido, la Sala Superior concluyó que sus efectos fueron reemplazados y

superados procesalmente a raíz de la renuncia, dejando sin objeto la pretensión

del actor.


Competencia y límites a revisiones abstractas

En el fallo, el TEPJF reafirmó su competencia para conocer de las

impugnaciones relacionadas con los nombramientos de las personas titulares de

los OIC en los organismos públicos locales electorales y tribunales electorales

de las entidades federativas.


Sin embargo, la Sala Superior resolvió negar la pretensión del

Presidente del TEEH de analizar en abstracto la inaplicación de las facultades

conferidas al Congreso estatal, señalando que el control de constitucionalidad

solo es jurídicamente viable cuando se materializa el ejercicio de la

atribución cuestionada.


Efecto jurídico central

La sentencia dejó intacta

la vigencia de los artículos de la Constitución local, la Ley Orgánica del

Poder Legislativo y la Ley Orgánica del TEEH que otorgan al Congreso estatal la

facultad de designar al titular del OIC. En consecuencia, el TEEH carece de

atribuciones para realizar un nombramiento directo.

Asimismo, la Sala Superior declaró improcedente la excitativa de

justicia interpuesta por la parte actora, al considerar que con la emisión de

esta sentencia se otorgó una resolución pronta y expedita a la controversia

planteada.






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