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Resuelve INE 6 solicitudes de medidas cautelares

4 mar 2024
4 min de lectura

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, seis medidas cautelares solicitadas por diversos partidos, por la aparente comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a los

principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, posible uso indebido de la pauta, y aparente violación al interés superior de la niñez en el marco del Proceso Electoral Federal 2024.


Expresiones en conferencia de Puebla, preliminarmente, podrían vulnerar la equidad en la contienda 2024

El Partido Acción Nacional (PAN), denunció al Titular del Ejecutivo Federal por el

presunto uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral, derivado de los pronunciamientos emitidos por el funcionario durante dos eventos celebrados en las entidades de Guerrero y Puebla, los días 17 y 19 de febrero, respectivamente, pues en éstos se realizan expresiones que, a decir del quejoso, pudieran afectar la equidad en la contienda electoral que actualmente se desarrolla.


La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que la conferencia matutina de fecha

19 de febrero, celebrada en Puebla, contiemanifestaciones que podrían vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del Proceso Electoral Federal

2023-2024 al ser, preliminarmente, de índole electoral, por lo tanto

Presidente de la República eliminar o modificar las publicaciones de la conferencia matutina en un plazo máximo de 6 horas.


En vertiente de tutela preventiva, se le ordenó que se abstenga bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa,

cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de

imparcialidad y neutralidad.


Respecto de la tutela preventiva solicitada por la participación del Gobernador

Constitucional de Puebla, se resolvió improcedente al tratarse de hechos futuros de

realización incierta.


Finalmente, sobre las referencias hechas en el evento “Programas para el

Bienestar”, del 17 de febrero celebrado en Guerrero, se consideró improcedente

tutela preventiva y ordenar su eliminación, toda vez que no se advirtió de forma clara

una referencia al Proceso Electoral Federal en curso, es decir, su contenido es de

carácter genérico.


Publicaciones en redes de MORENA y su Presidente Nacional, ya no se

encuentran disponibles

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a MORENA y a su

Presidente Nacional por la difusión en sus redes sociales de Facebook e Instagram,

de contenido audiovisual en el cual aparece una persona menor de edad. Se

determinó la improcedencia de la medida cautelar al tratarse de actos consumados,

pues el material denunciado ya no se encuentra visible.


No obstante, se dictó la procedencia de la tutela preventiva, a efecto de que los

denunciados den cabal cumplimiento a los Lineamientos Generales para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda y Mensajes Electorales, particularmente en esta etapa de campaña del Proceso Electoral

Federal actualmente en curso.


Publicaciones en redes sociales de MORENA no configuran calumnia

El PRD también denunció a MORENA por la difusión de propaganda calumniosa en

Facebook e Instagram, pues considera que con las frases “El PRIAN es fraude

electoral, saqueo y corrupción” y “El prianismo solo representa saqueo, corrupción y lucro” se le imputan los delitos de saqueo y corrupción.


Del análisis a las frases denunciadas, la Comisión determinó que no advierte de

manera evidente o explícita la imputación de hechos o delitos falsos, de ahí la

improcedencia para ordenar su retiro.


Publicación de candidata presidencial por MORENA y página

claudiapresidenta.com, preliminarmente, no actualiza peligro en la demora

El PRD presentó escrito de queja en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, por la

publicación en la red social X, en la cual difunde el contenido denominado “Los 15

puntos fundamentales de mi discurso en mi registro ante el INE” pues, desde su

perspectiva, expresa propuestas de una plataforma electoral que se expone dentro

del periodo de intercampaña.


Por otro lado, el PAN también denunció a la candidata a la Presidencia de la República del partido MORENA, por la creación y difusión de la página de internet

identificado como https://claudiapresidenta.com/, en donde, a decir del denunciante,

se advierten las frases que tienen como finalidad realizar propaganda electoral de

manera previa al inicio de las campañas.



Al respecto el colegiado concluyó, en ambos procedimientos, improcedente ordenar el retiro de los materiales denunciados, pues no se actualiza el peligro en la demora que ponga en riesgo inminente a los principios rectores de la materia electoral, debido a que actualmente se está en la etapa de campaña, misma que inició el 1 de marzo de 2024.


Promocionales del PAN, preliminarmente, no configuran uso indebido de la pauta

MORENA denunció al PAN por uso indebido de la pauta derivado de la difusión de

17 promocionales para televisión en los que, a decir del quejoso, se omite

mencionar que las personas que aparecen son postuladas como candidatos y/o

candidatas al Senado de la República por la coalición “Fuerza y Corazón por

México”, así como tampoco se identifica a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, como

candidata a la Presidencia de la República postulada por la citada coalición.


En este sentido, previo a un análisis a cada uno de los promocionales, el colegiado

determinó improcedente ordenar la suspensión porque, bajo la apariencia del buen

derecho, los promocionales sí identifican a cada una de las personas como

candidatos y/o candidatas a senadores/as postulados por el PAN, y al final de los

promocionales denunciados se lee el nombre de la coalición “Fuerza y Corazón por

México”.


Respecto de la tutela preventiva se declaró improcedente, pues los hechos denunciados no actualizan una evidente ilegalidad, aunado a que se trata de actos

futuros de realización incierta.

En los asuntos en los que se denunció el probable uso indebido de recursos

públicos, culpa in vigilando atribuible a los actores y partidos involucrados, se

determinó que son temas que analizará de fondo la Sala Regional Especializada del

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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