LA LEGISLADORA LISSET MARCELINO TOVAR PRESENTÓ LA INICIATIVA
LA LEGISLADORA LISSET MARCELINO TOVAR PRESENTÓ LA INICIATIVA
PRETENDE ADICIONAR UNA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 299 DEL CÓDIGO

Este martes 29 de marzo del 2022 se llevó a cabo la sesión ordinaria número 42 de la LXV
Legislatura en el Congreso del Estado de Hidalgo, donde la diputada Lisset Marcelino
Tovar hizo el uso de la voz y sometió a consideración del pleno la propuesta de la iniciativa
que adiciona en el Código Penal la sanción a los servidores públicos que se conduzcan
con falsedad ante una autoridad judicial y asimilarlo a lo que prescribe el Código Penal
Federal por la misma conducta, instituyéndolo dentro del ejercicio indebido del servicio
público.
Esto a consecuencia de que, en el Estado de Hidalgo, para castigar la falsedad ante
autoridad judicial, únicamente se cuenta con el Título Décimo Séptimo del Código Penal
denominado “Delitos contra la administración pública cometidos por particulares”, por
lo que, desde el título, excluye a los servidores públicos de la sanción establecida en el
Capítulo IV denominado “Falsedad ante la autoridad” que sanciona solamente a los
particulares que se conducen falsamente en un proceso judicial.
Actualmente existen materias como la Administrativa y la Electoral que necesitan
continuamente de requerir a las autoridades responsables, la rendición de informes para
poder dirimir las controversias que, por la naturaleza misma de estas materias, son
asuntos de interés público con repercusiones a nivel general, por lo que la necesidad de
que estos informes sean veraces y apegados a la realidad, constituye una herramienta
ineludible en los tiempos actuales.
En materia electoral, existen ya antecedentes de algunas autoridades municipales, de
querer eludir su responsabilidad mediante la rendición de informes no apegados a la
verdad, pero, por no existir tipo penal que sancione dicha conducta, han quedado solo
en amonestación pública.
“Por ello, se debe adicionar nuestro Código Penal para sancionar a los servidores públicos
que se conduzcan con falsedad ante una autoridad judicial y asimilarlo a lo que prescribe
el Código Penal Federal por la misma conducta, instituyén











Comentarios